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En este capítulo nos vamos a centrar en el funcionamiento de la parroquia
de Santa Catalina durante la década de los años veinte, para estudiar
en el siguiente las obras que se están realizando en ella.
La
iglesia cuenta con dos estatuas de su patrona Santa Catalina que son descritas
de la siguiente manera: "dos ymagenes de nuestra señora Santa Catalina
con un sayuelo de paño negro, una camisa e una saya amarilla".
Las obras han provocado que el Santísimo Sacramento se haya desplazado
desde el sagrario existente en el altar mayor hasta la capilla de Juan de Castro
estando en "un retablo como chapitel dorado"(1)
, siendo una medida temporal, pues en la siguiente visita de 1535 se encuentra
de nuevo en su lugar habitual.
El sacerdote seguía siendo Juan Campuzano,
aunque sin embargo el mayor número de habitantes y el aumento de actividades
en la iglesia había hecho necesario que el cura fuera descargado de algunas
de sus funciones y así aunque en 1515 se encuentra entre ellas ser "capellán
de ánimas", en esta década es nombrado un capellán para
realizar dichas funciones.
El
primer capellán de las ánimas del que tenemos conocimiento es Alonso
Gracia, clérigo de la Orden de San Pedro (secular), que es nombrado para
dicho cargo el 12 de diciembre de 1520, encontrándose presente en la villa.
Como vemos se nombra a un clérigo de inferior categoría para desarrollar
dicho puesto, ya que mientras el cura de la parroquia es freyle de la Orden de
Santiago, el nuevo cargo es ocupado por un clérigo secular que poseían
menor formación que los de la Orden de Santiago. En junio de 1522 se decide
que dicho cargo sea nombrado para un año, siendo el 12 de dicho mes Juan
de Moguín quien rinde cuentas de los gastos, ocupando por tanto dicho puesto(2)
. Aunque indican que se debería renovar anualmente, todos los clérigos
que lo ejercieron estuvieron al menos año y medio en el cargo, ante la
necesidad de encontrar un sustituto adecuado para relevarlos.
El
próximo clérigo que ocupa el cargo es el bachiller Pedro Hernández
de Castro, nombrado el 24 de octubre de 1525 por el ayuntamiento de La Solana,
dirigido por los alcaldes Alonso Gómez Serrano y Francisco García,
y los regidores Lope Díaz y Pero (Pedro) Díaz de Martín.
La capellanía estaba dotada con siete mil maravedíes que se pagan
en tres plazos cada cuatro meses, teniendo además una casa que se encontraba
en la plaza, al lado de la casa del peso, debiendo el concejo entregar cama "con
su colchon e savanas y almohadas y mantas" a la persona que desempeñara
dicho puesto. El clérigo elegido debía encontrarse en la villa en
el momento de ser elegido, lo que ocurre en todos los casos, estando obligado
a decir "misa que la requieran en la yglesia desta dicha villa todos los
dias del dicho año que no fueren dias feriados e fiestas que sean de guardar
y todos los otros dias a de dezir misa por las anymas del purgatorio sin dezir
por otra persona alguna". Los alcaldes y regidores de la villa se obligan
con sus personas y bienes junto con los bienes propios y rentas del concejo a
cumplir el asiento (contrato) acordado, mientras que los capellanes de ánimas
se obligan a decir las misas por las ánimas los días del año
señalados, no debiendo decir ninguna misa distinta, por tanto deben tener
plena dedicación a sus funciones y no cobrar por ellas ni por ninguna otra(3)
. El 7 de marzo de 1527 es nombrado nuevo capellán de ánimas el
clérigo de la Orden de San Pedro Lope González, con las mismas condiciones
que los anteriores, especificándole que las misas que diga deben ser de
réquiem. En abril de 1530 se encuentra la capellanía vacante por
lo que se pide que se nombre capellán de ánimas "entre las
buenas gentes"(4)
.

Documento
de 1527 del Archivo Municipal de La Solana sobre el capellán de ánimas
Pero
nos podríamos hacer una pregunta. ¿De donde salían los siete
mil maravedíes que el concejo pagaba al capellán de ánimas?.
Es el concejo quien nombra a los clérigos para dicho puesto y quien entrega
el dinero, pero en una disposición de dicho concejo (ayuntamiento) descubrimos
su procedencia. El 12 de marzo de 1531 los alcaldes Francisco Gonçalez
y Francisco Ruiz, los regidores Mingo Alonso, Juan Díaz y Alonso Gómez,
junto con el síndico Alonso Díaz Orejón y los diputados "platicaron
sobre razon del capellan de las anymas del purgatorio y dijeron que el bacin de
las dichas animas no bastava ni rendia para pagar al dicho capellan", por
lo que decidieron que los alcaldes y regidores pongan a dos personas "bacinadoras"
para que pasen el bacín por todo el pueblo "en el tiempo que se
cogiese pan" para poder pagar de esta forma al capellán, mandando
que se le entregara la cantidad de siete mil quinientos maravedíes(5)
. Con ello observamos cómo se le ha subido la asignación en quinientos
maravedíes, lo que supone un aumento de algo más de un 7%, necesario
pues se había mantenido inalterable desde hacía más de diez
años, y lo más importante es que nos indica que la cantidad dedicada
a pagar al capellán de ánimas es recaudada mediante el bacín,
que ya habíamos explicado en un capítulo anterior en que consistía,
lo cual es corroborado al observar en la visita de 1525 las posesiones de fábrica
de la iglesia: el dezmero excusado, las luminarias, las sepulturas y las tierras,
sin nombrarse el bacín que había sido excluido para cumplir la función
que indicamos, y el ayuntamiento se encargaba de su administración para
recaudar el dinero necesario. La gente que deseaba decir una misa por las ánimas
de sus familiares y allegados dejarían una limosna en el bacín y
con lo recaudado se pagaba al capellán. Sin embargo a finales de la década
debido a la crisis agraria no se recaudaría lo suficiente, por lo que el
ayuntamiento encargó se pida justo en el momento en que los vecinos dispongan
de mayores ingresos, cuando se realiza la cosecha.
Entre
los ingresos de la iglesia podemos destacar cómo el dezmero excusado de
1525 asciende a siete mil cuatrocientos maravedíes, con lo que observamos
que tras el fuerte crecimiento económico de la década pasada la
situación se ha estabilizado. El excusado se ha arrendado a Andrés
de la Mesta, que lo pagará en tres plazos: el primero en mayo, el siguiente
en San Miguel (septiembre) y el último en Navidad (6).
Otro
ingreso importante corresponde a las luminarias. Las luminarias son el conjunto
de antorchas, hachas o lámparas con las que se alumbraba la iglesia, y
que numerosas veces se colocaban como señal de fiesta, de algún
acto o de regocijo público. Estas luces permitían alumbrar la iglesia
durante las ceremonias litúrgicas o en los funerales, o bien alumbraban
permanentemente alguna zona especial de la iglesia. En la iglesia de Santa Catalina
algunos vecinos pagaban estas luminarias o "lumbrarias" como parte de
un ofrecimiento o una devoción especial. Así en las cuentas de la
iglesia tomadas en julio de 1525 vemos como Juan Calero ha pagado once reales
(374 maravedíes) por la "lumbraria del Corpus" y Cristóbal
Díaz otros once por otra luminaria, quedando pendientes de pago trescientos
veinte maravedíes que entregará Juan Blasco Herrero por la "lumbraria"
de la obra, que sería para iluminar la zona donde se desarrollaban las
obras de la iglesia, mientras que Cristóbal Díaz dará otros
dos mil ochocientos maravedíes de la lumbraria de Nuestra Señora,
que completaría el pago de los 374 que había dado con anterioridad,
mientras que Alonso Gómez Guerra pagará dos mil trescientos maravedíes
de la luminaria de la lámpara del Corpus. En total vemos como el pago de
las luminarias suponen a la iglesia de Santa Catalina unos ingresos de seis mil
ciento sesenta y ocho maravedíes(7)
.
Entre las luminarias observamos como el Corpus tiene la suya propia, lo que es
una muestra de que hay una fiesta que va tomando fuerza en estos momentos, el
Corpus Christi. Entre los libros de la iglesia hay un cuaderno "de la
fiesta de Corpus", y entre las cosas de madera encontramos "unas
andas para el sacramento", que serían utilizadas para sacar el
Sacramento de la Comunión en procesión, bien durante la fiesta o
para dárselo a los enfermos(8)
.
La
fiesta del Corpus Christi (Cuerpo de Cristo) tiene su origen en el siglo XIII,
en un hecho milagroso ocurrido a la religiosa Santa Juliana de Mont-Cornillón,
priora de la abadía de Cornillón, situada en las proximidades de
Lieja, y que tuvo una visión mediante la que se pedía dar mayor
culto a la Eucaristía y en la que la Iglesia aparecía bajo la apariencia
de una luna llena con una mancha negra, siendo esta mancha negra la poca importancia
que se le estaba dando al sacramento de la Eucaristía. Juliana comunicó
la aparición al obispo de Lieja, Roberto de Thorete, que convocó
un sínodo en 1246 y ordenó la celebración de la fiesta a
partir de ese año, pero lo que le dio un carácter universal fue
el hecho de que el archidiácono de Lieja, Jacques Pantaleón, muy
favorable a dicha fiesta, fuera elegido Papa bajo el nombre de Urbano IV. Este
hecho unido a otro suceso milagroso ocurrido en la ciudad italiana de Bolsena,
como fue la emanación de sangre de la Sagrada Forma, llevó a Urbano
IV a promulgar la Bula "Transiturum de Hoc Mundo" el 8 de septiembre
de 1264 por la que declaraba el Corpus Christi fiesta universal. La muerte del
Papa un mes más tarde retrasó la universalización de la fiesta,
hasta que Clemente V en el concilio de Viena del año 1311, vuelve a insistir
en su importancia. A partir de entonces se utilizará la campanilla durante
la elevación de la Eucaristía en la misa, se expondrá y bendecirá
el Santísimo Sacramento, que como hemos visto en capítulos anteriores
ocupa un lugar preeminente en nuestra iglesia y la fiesta del Corpus se extenderá
rápidamente por toda Europa, generalizándose en España desde
el siglo XIV, apareciendo muy pronto la procesión como uno de los elementos
importantes de la celebración.

Otro
detalle que nos muestra la importancia que se le daba en La Solana al sacramento
de la Eucaristía lo encontramos en las órdenes dadas por los alcaldes
de la villa, Alonso Gómez Serrano y Francisco González, el 25 de
marzo de 1526, por las que ante la costumbre que tienen muchos vecinos de la villa
"de yr a la yglesia perrochial desta villa llevando tocas arrebocadas en
las cabezas y a recibir el Santo Sacramento", lo cual es considerado irreverente
mandan que de "de aquí en adelante no vaya ninguna persona con las
dichas tocas a la yglesia dia de fiesta ni a recibir el sacramento otro dia alguno",
pudiendo solamente utilizar las tocas cuando vayan a misa un día que no
sea festivo siempre y cuando no reciban el Sacramento(9)
.
Ya
hemos visto algunos de los ingresos de la iglesia, como las luminarias o el dezmero,
siendo estos junto a las tierras los más importantes que manejarán
los mayordomos. El mayordomo de la iglesia durante los años 1520 y 1521
fue Alonso Guerra, ocupando posteriormente el cargo Juan Díaz que en febrero
de 1525 entregó a su sucesor Juan González Alvo treinta y tres mil
ciento dieciocho maravedíes que tuvo de superávit, junto con trece
fanegas y tres celemines de trigo y ciento sesenta y cinco fanegas de cebada,
por lo que las cuentas de la iglesia se encontraban bastante saneadas. Del grano
entregado se descontaron nueve fanegas "que se restituyeron a Francisco
Gonçales de un agravio que avia rescibido en un arrendamiento"
y dos fanegas que se entregaron al mayordomo saliente como parte del pago de sus
servicios. De las ciento cincuenta y seis fanegas de cebada que quedaron, se vendieron
en un primer momento cuarenta y siete, a ochenta maravedíes cada una y
las ciento siete restantes, poco después al precio de tres reales (102
maravedíes), con lo que observamos el fuerte aumento experimentado por
el precio en un corto espacio de tiempo. Las trece fanegas y tres celemines de
trigo se vendieron por un precio total de mil ochocientos cuarenta y cuatro maravedíes
y medio, lo que suponía un precio aproximado de 139 maravedíes por
fanega. En total la venta del grano le supuso a la iglesia unos ingresos de dieciséis
mil quinientos dieciocho maravedíes y medio. Además del grano vendido,
todavía quedan por cobrar del arrendamiento de las tierras en el año
1525 quince fanegas y un celemín de trigo, y otras sesenta y tres fanegas
y un celemín de cebada. Además en el libro de la iglesia se encuentra
la memoria de los arrendamientos de las tierras para el año 1526 y que
ascendían a noventa y tres fanegas de cebadas y otras catorce fanegas y
media de trigo(10) .
Las tierras de la iglesia producían entre un 12 y un 13,5% de trigo y el
resto de cebada.
El
grano de la iglesia era utilizado a veces como reserva estratégica en años
de sequía, ya que aunque el primer pósito se había creado
el año 1478 en Molina de Aragón, hasta la recomendación de
la Cortes de Valladolid en 1555 de que se establecieran en todas las ciudades
castellanas, no se había generalizado su creación, y no será
hasta la segunda mitad del siglo XVI cuando se establezcan en la mayoría
de las poblaciones manchegas pasando a cumplir su función de reserva de
grano para solucionar los períodos de escasez y hambre. Mientras tanto
cuando se producía un período de sequía se recurría
al grano de la iglesia, como el que tuvo lugar en La Solana el año 1530,
lo que provocó que en abril de dicho año los alcaldes Alonso González
y Pero Martínez "por la nezesidad que la villa tiene de pan al
presente" mandan que los oficiales del concejo vayan a la iglesia y con el
grano que en ella hay "manden hazer pan". De nuevo el 17 de julio
cuando todavía falta un mes para realizar la cosecha y la necesidad de
cereales aumenta para los "necesitados y pobres vecinos desta villa y
las personas que pasan por la dicha villa este dicho año", los
miembros del ayuntamiento entregan cinco mil maravedíes a los oficiales
para que compren grano "a lo que fuere justo" al mayordomo de
la iglesia(11) . Esta obligación
del concejo de facilitar pan a un precio razonable a los vecinos pobres y a los
pasajeros (personas de paso por la villa) se mantendrá durante todo el
siglo XVI y XVII utilizando para ello el grano del pósito cuando se cree
éste, siendo una práctica generalizada en todos los pueblos castellanos,
como se puede ver en los estudios realizados sobre pósitos(12)
. Los años de escasez provocarán una fuerte subida en el precio
de los cereales, y así vemos como en noviembre de 1530, el precio de la
fanega de trigo alcanza los 250 maravedíes, siendo el precio de la libra
de pan de 3 maravedíes, produciendo cada fanega de trigo unas 83 libras
de pan aproximadamente.
Otros
ingresos de la iglesia son las sepulturas y así vemos en las cuentas de
1525, como Mari López y Martín Andrés entregan dieciséis
reales (544 maravedíes) por dos sepulturas(13)
, y no hay que olvidar las donaciones como la realizada por Mateo Rodríguez
de Vega que dejó sus bienes a la iglesia y al hospital de la villa, aunque
su mujer mantuvo el derecho de uso hasta su muerte. Al ocurrir ésta el
concejo de la villa ordena a los oficiales que "pongan dos personas abiles
que hagan partiçion y division de los bienes que dejo Mari Hernandez muger
que fue de Mateo Rodrigues de Vega" y que al enviudar volvió a
casarse con Hernando Gracia, vecino de Alhambra, por lo que es necesario deslindar
los bienes que corresponden a cada uno, para de esta forma entregar los que dejó
Mateo Rodríguez en su testamento a la iglesia de Santa Catalina y al hospital
(14). Finalmente encontramos
otro ingreso de setecientos cuarenta maravedíes "que se cobro de
un avertura del campo en março", que se cobrarían por derechos
de roturación de alguna de las tierras de la iglesia.
Las
cuentas presentadas en julio de 1525 por el mayordomo Juan Gonçales Alvo
suponen unos ingresos de cincuenta y un mil seiscientos sesenta y ocho maravedíes,
gastando doce mil doscientos setenta y cuatro maravedíes, de ellos cinco
mil novecientos quince pagados al cantero Francisco Luna y el resto en ripia y
cera "e con otros maravedíes que pago de teja e de otros gastos
por la dicha yglesia según mostro por un quaderno de gasto en dos hojas",
quedando un alcance de treinta y nueve mil trescientos noventa y cuatro maravedíes,
a lo que habría que sumar los pagos que había pendientes de cobrar
y que ascendían a casi trece mil maravedíes, más quince fanegas
y un celemín de trigo y otras sesenta y tres fanegas y un celemín
de cebada(15) .
NOTAS.
1.ARCHIVO
HISTÓRICO NACIONAL (AHN). Sección Ordenes Militares. Santiago. Libro
1080C. Visita de 1525, pp. 481 y 483.
2.ARCHIVO
HISTÓRICO MUNICIPAL DE LA SOLANA (AHMLS). Signatura 1524. Libro de acuerdos
del Ayuntamiento de La Solana 1520-1531. Acuerdos de 12 de diciembre de 1520 y
9 de junio de 1522.
3.Ibídem.
Acuerdos de 24 de octubre de 1525.
4.Ibídem.
Acuerdos de 7 de marzo de 1527 y 24 de abril de 1530.
5.Ibídem.
Acuerdos de 12 de marzo de 1531.
6.AHN.
Sección Ordenes Militares. Santiago. Libro 1080C. Visita de 1525, pág.
484.
7.Ibídem,
pp. 484 y 485.
8.Ibídem,
pp. 482 y 483.
9.AHMLS.
Signatura 1524. Libro de acuerdos del Ayuntamiento de La Solana 1520-1531. Acuerdos
de 25 de marzo de 1526.
10.AHN.
Sección Ordenes Militares. Santiago. Libro 1080C. Visita de 1525, pp. 484
y 485.
11.AHMLS.
Signatura 1524. Libro de acuerdos del Ayuntamiento de La Solana 1520-1531. Acuerdos
de 24 de abril y 17 de julio de 1530.
12.Los
pósitos son instituciones de carácter municipal o particular que
hacían acopio de grano en los edificios de igual nombre, para tener una
reserva de cereales en períodos de sequía o escasez. Entre sus funciones
podemos destacar: el préstamo de grano a los agricultores para la siembra
que sería devuelto al efectuarse la cosecha, la entrega de trigo a los
panaderos para que hicieran pan para pobres y pasajeros vendiéndose a un
precio subvencionado y fijado por el ayuntamiento, e incluso el crédito
agrícola (préstamo de dinero) y la financiación de algunas
obras públicas. Entre los trabajos sobre los pósitos de nuestra
zona se encuentran los realizados por José Antonio Moreno Nieves (Pósitos
Píos y Pósito Real en Villarrobledo en el siglo XVIII: Beneficencia
y Crédito Agrícola) en el I Congreso de Historia de Castilla La
Mancha o el de Concepción Moya García y Carlos Fernández-Pacheco
(Los Pósitos de Alcázar de San Juan en el siglo XVII) en el II Congreso
Internacional de la Orden de San Juan.
13.AHN.
Sección Ordenes Militares. Santiago. Libro 1080C. Visita de 1525, pág.
484.
14.AHMLS.
Signatura 1524. Libro de acuerdos del Ayuntamiento de La Solana 1520-1531. Acuerdos
de 20 de noviembre de 1530.
15.AHN.
Sección Ordenes Militares. Santiago. Libro 1080C. Visita de 1525, pp. 484
y 485.